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El expresidente Martín Vizcarra (2018-2020) no asistirá a la sesión de la Comisión Permanente del Congreso, prevista para este miércoles 12 de marzo, donde se verá el informe final sobre la disolución del Parlamento en setiembre del 2019.

A través de un documento enviado al presidente del Legislativo, Eduardo Salhuana (Alianza para el Progreso), el exmandatario señaló que el informe final aprobado por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) transgrede “flagrantemente” los principios de seguridad jurídica y de res judicata (cosa juzgada).

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Asimismo, señala que dicho informe desconoce los efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), del 14 de enero del 2020, en el cual se ventiló la demanda competencial presentada por el entonces presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea.

“El máximo intérprete de la Constitución ya estableció, en el fundamento 239 de la sentencia citada, que el Poder Ejecutivo contaba con competencia para plantear una cuestión de confianza tanto para proponer una Ley Orgánica del Tribunal Constitucional como para solicitar la postergación de la elección de los magistrados, lo cual obedeció a la especial coyuntura política que aún atraviesa el país”, subrayó.

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Recordó que el TC declaró infundada la demanda competencial y su sentencia no ha sido anulada ni restringida en sus efectos, por lo que enfatizó que su mandato está siendo “transgredido flagrantemente” por la SAC y no puede ser parte de ello.

Al expresidente se le acusa de presunta infracción al artículo 134 de la Constitución Política por la disolución del Congreso de la República.

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“La suspensión del procedimiento de elección de magistrados no podía ser materia de cuestión de confianza al no tratarse de un proyecto de ley, consecuentemente; el presidente Martín Vizcarra no podía interpretar que al haber elegido un magistrado se había denegado la confianza”, dice el documento.

El informe aprobado por la subcomisión incluye, además de Vizcarra Cornejo, a los expresidentes del Consejo de Ministros Salvador del Solar y Vicente Zeballos por presuntamente infringir el artículo 134 de la Constitución Política.

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A Del Solar Labarthe se le acusa de presunta infracción del artículo 132 y 133 de la Carta Magna al plantear cuestión de confianza para suspender el proceso de elección de los magistrados del TC, sin que haya sido discutida y aprobada en sesión del Consejo de Ministros.

En tanto, a Zeballos Salinas se le acusa de infracción al artículo 134 de la Constitución por refrendar el Decreto Supremo 165-2019-PCM, sobre la cuestión de confianza para suspender el proceso de elección de los integrantes del TC, hecho que no habría sido aprobado por el Consejo de Ministros.





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