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El 13 de enero del 2025, el Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional acogió el pedido de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y de otros acusados y anuló el juicio oral contra todos los procesados por los presuntos aportes ilícitos a sus campañas del 2011 y 2016, conocido como el “Caso Cócteles”.

Tres meses después, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó la anulación del juicio al rechazar los recursos presentados por el Ministerio Público y la Procuraduría Especializada en Delitos de Lavado de Activos.

En el siguiente informe la historia del proceso judicial, quizás más mediático y complejo que ha tenido la política peruana en la última década:

El fiscal José Domingo Pérez, del equipo especial Lava Jato, acusó a la lideresa de Fuerza Popular de lavado de activos, organización criminal, obstrucción a la justicia, falsedad genérica y falsa declaración en procedimiento administrativo.

Por ello, pidió 30 años y 10 meses de condena, así como 15 años y 5 meses de inhabilitación. La defensa rechazó todos los extremos de la acusación y cuestiona la forma en que el caso llegó a esta fase.

En tanto, la Procuraduría contra el lavado de activos planteó una reparación civil total de S/ 151′063,509.84.

Para el juicio, que inició el 1 de julio del 2024, la fiscalía tenía una lista de 1,031 testigos; mientras que la defensa de Keiko Fujimori 91.

Las pruebas documentales también se contaban por los miles. Por ello, estimaba que sería un juicio largo y complejo, cuya velocidad final dependía de la frecuencia con que el juzgado realice las audiencias.

El Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional está integrado por Juana Caballero García (presidenta), Nayko Coronado Salazar y Max Vengoa Valdiglesias, quienes fueron los que resolvieron por mayoría el pedido de las defensas para aplicarles la resolución del Tribunal Constitucional a favor de José Chlimper.

Keiko Fujimori junto a su abogada, Giulliana Loza. Foto: archivo GEC

Keiko Fujimori junto a su abogada, Giulliana Loza. Foto: archivo GEC

A través del juzgamiento, finalmente se buscaba establecer -al menos en primera instancia- si la lideresa de Fuerza Popular es culpable o inocente de estas acusaciones y si los supuestos aportes constituyen lavado de dinero. En el camino, el proceso judicial estuvo marcado por múltiples incidentes y, por el protagonismo político de su principal acusada, ha estado bajo un constante ojo mediático.

La fiscalía acusa a Keiko Fujimori de liderar una organización criminal que lavó más de US$ 17,307,359.72 y S/ 18,000. Así consta en al auto de enjuiciamiento, documento judicial de más de 6 mil páginas que resume la acusación y que revisó El Comercio. Ese documento es, además, el que ordena que el caso vaya a juicio.

Según la tesis fiscal, la mayor parte del dinero habría ingresado a través de sus campañas electorales del 2011 y del 2016. Entre ese monto está el presunto aporte de US$ 1 millón de parte de la constructora brasileña Odebrecht, lo que vincula este caso a la trama Lava Jato en Perú. El resto provendría de empresarios nacionales.

Los montos de dinero lavado, según la acusación fiscal

Origen Monto Campañas o años
Odebrecht US$ 1,000,000 2011
Credicorp US$ 3,650,000 2010-2011
Grupo Rasmuss US$ 3,500,000 2011
Confiep US$ 2,077,500 2011
Vito Rodríguez US$ 200,000 2011
Luis Calle Quiroz US$ 15,000 2011
Grupo Rasmuss US$ 440,000 2012-2014
Club de la Construcción US$ 52,000 y S/ 18,000 2013-2015
Grupo Rasmuss US$ 3,730,000 2015-2016
Inversiones Piuranas US$ 450,000 2016
MVV Bienes Raíces US$ 2,192,859.72 2014-2018
TOTAL US$ 17,307,359.72 y S/ 18,000 2010-2018

La tesis de la defensa de Keiko Fujimori, ejercida por la abogada Giulliana Loza, es que no se recibió dinero de parte de Odebrecht. En cuanto a los aportes de empresarios nacionales, sostienen que no se trata de dinero de origen ilícito, por lo que no puede haber lavado de activos y que, como máximo, estaríamos ante una falta administrativa.

Las penas más graves solicitadas por la fiscalía fueron para los integrantes de la supuesta ‘cúpula’ de la organización criminal. Así como con Keiko Fujimori, también se piden 30 años y 6 meses de prisión para los acusados Jaime Yoshiyama, Vicente Silva Checa, Pier Figari, Ana Herz, José Chlimper y Adriana Tarazona.

Para el resto se pedían penas que iban de los 22 años y 8 meses a los 4 años y 6 meses. Entre esos otros acusados estaba Mark Vito Villanella, exesposo de Keiko Fujimori, quien se enfrentaba a un pedido de 22 años de prisión por organización criminal y lavado de activos, y la propia Giuliana Loza, para quien solicitaron 6 años y 6 meses por obstrucción a la justicia.

*Tras el inicio del juicio el agosto pasado, se retiró la acusación por obstrucción a la justicia

Acusado* Delitos atribuidos Pena solicitada
1. Keiko Fujimori -Organización criminal
-Lavado de activos
-Falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica
-Obstrucción a la justicia
30 años y 10 meses de prisión
2. Vicente Silva Checa -Organización criminal
-Lavado de activos
-Falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica
-Obstrucción a la justicia
30 años y 10 meses de prisión
3. Pier Figari -Organización criminal
-Lavado de activos
-Falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica
-Obstrucción a la justicia
30 años y 10 meses de prisión
4. Ana Herz -Organización criminal
-Lavado de activos
-Falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica
-Obstrucción a la justicia
30 años y 10 meses de prisión
5. Jaime Yoshiyama -Organización criminal
-Lavado de activos
-Falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica
-Obstrucción a la justicia
30 años y 10 meses de prisión
6. José Chlimper -Organización criminal
-Lavado de activos
-Falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica
-Obstrucción a la justicia
30 años y 10 meses de prisión
7. Adriana Tarazona -Organización criminal
-Lavado de activos
-Falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica
-Obstrucción a la justicia
30 años y 10 meses de prisión
8. Augusto Bedoya -Organización criminal
-Lavado de activos
22 años y 8 meses de prisión
9. Mark Vito Villanella -Organización criminal
-Lavado de activos
22 años de prisión
10. Carmela Paucará -Organización criminal
-Lavado de activos
-Falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica
22 años y 8 meses de prisión
11. Luis Mejía Lecca -Organización criminal
-Lavado de activos
-Falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica
-Obstrucción a la justicia
22 años y 8 meses de prisión
12. Rafael Herrera Mariños -Organización criminal
-Lavado de activos
-Falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica
22 años y 8 meses de prisión
13. Ericka Yoshiyama Koga -Organización criminal
-Lavado de activos
-Falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica
22 años y 8 meses de prisión
14. Antonieta Gutiérrez Rosati -Organización criminal
-Lavado de activos
20 años de prisión
15. Ana Matsuno Fuchigami -Organización criminal
-Lavado de activos
20 años de prisión
16. Jorge Trelles Montero -Organización criminal
-Lavado de activos
20 años de prisión
17. Ricardo Briceño Villena -Lavado de activos 11 años y 4 meses
18. Giancarlo Bertini -Lavado de activos 22 años y 8 meses
19. Luis Barboza Dávila -Lavado de activos 22 años y 8 meses
20. Angélica Bautista Zeremelco -Lavado de activos 22 años y 8 meses
21. Hugo Tasayco Mendoza -Lavado de activos 22 años y 8 meses
22. Juan Carlos Luna Frisancho -Lavado de activos 18 años
23. Efraín Goldenberg Schereider -Lavado de activos 7 años
24. Milagros Maravi Sumar -Lavado de activos 11 años y 4 meses
25. Raúl Maravi Sumar -Lavado de activos 11 años y 4 meses
26. Carlos Luna Venero -Lavado de activos 7 años
27. Carlos Blanco Oropeza -Lavado de activos 22 años y 8 meses
28. Carlos Blanco Matzuno -Lavado de activos 11 años y 4 meses
29. Miguel Blanco Matsuno -Lavado de activos 11 años y 4 meses
30. Johanna Mitsuko Myers (o Johanna Sasaki) -Lavado de activos 11 años y 8 meses
31. Melissa Keiko Sasaki -Lavado de activos 7 años
32. Aurora Torrejón Riva -Obstrucción a la justicia 6 años y 6 meses
33. Walter Rengifo Saavedra -Lavado de activos 15 años y 6 meses
34. Arsenio Oré Guardia -Obstrucción a la justicia 4 años y 6 meses
35. Edwar García Navarro -Obstrucción a la justicia 6 años y 6 meses
36. Luis Ernesto Lazo Mendoza -Obstrucción a la justicia 6 años y 6 meses
37. Giulliana Loza Ávalos -Obstrucción a la justicia 6 años y 6 meses
38. Lorena Gamero Calero -Obstrucción a la justicia 6 años y 6 meses
39. Danae Calderón Castro -Obstrucción a la justicia 6 años y 6 meses
40. Partido político Fuerza Popular (persona jurídica) Disolución y liquidación
41. MVV Bienes Raíces (persona jurídica) Disolución y liquidación
42. Erick Matto Monge -Lavado de activos 22 años y 8 meses
43. Patrizia Coppero del Valle -Lavado de activos 11 años y 4 meses
44. Daniel Mellado Correa -Lavado de activos 11 años y 4 meses
45. Liz Document Manrique -Lavado de activos 10 años y 4 meses
46. Ytalo Pachas Quiñones -Lavado de activos
-Obstrucción a la justicia
19 años, 2 meses y 13 días
47. Nolberto Rimarachi Díaz -Lavado de activos 11 años y 5 meses
48. Oscar Hikou Moritani -Lavado de activos 20 años y 8 meses

El largo camino del Caso Cocteles

Si bien las indagaciones en torno a las campañas de Keiko Fujimori se pueden rastrear hasta el 2015, el caso como se le conoce hoy tiene su origen en el año 2017. Ese año, en medio del estallido del caso Lava Jato, la fiscalía peruana tuvo acceso a una anotación encontrada en la agenda de Marcelo Odebrecht: ’aumentar Keiko para 500 e eu fazer visita’

Conocida esta noticias, el fiscal Germán Juárez Atoche, quien por entonces ya investigaba a Ollanta Humala por presuntos aportes de Odebrecht, inició una investigación preliminar a la excandidata presidencial. Por entonces, Fuerza Popular dominaba el Congreso con una mayoría de 70 congresistas, liderados por Keiko Fujimori.

En septiembre del mismo año, sin embargo, Con el correr de los meses, las pesquias no solo se limitarían al presunto aporte de Odebrecht, sino también otros presuntos aportes no registrados en las campañas del 2011 y 2016.

La investigación estuvo marcada por distintos acontecimientos y diligencias. En diciembre del 2017, el fiscal Pérez allanó los locales de Fuerza Popular y en octubre del 2018, obtuvo la detención preliminar de Keiko Fujimori y los principales investigados. Si bien esa medida fue revocada, luego logró una prisión preventiva de 36 meses que sí fue confirmada en segunda instancia.

El juez Richard Concepción Carhuancho estuvo a cargo del caso entre el 2017 y el 2019. En ese lapso, dictó detención preliminar y luego prisión preventiva contra Keiko  Fujimori (Foto: Andina)

El juez Richard Concepción Carhuancho estuvo a cargo del caso entre el 2017 y el 2019. En ese lapso, dictó detención preliminar y luego prisión preventiva contra Keiko Fujimori (Foto: Andina)

En el 2019, la Corte Suprema confirmó esa primera prisión preventiva, aunque la redujo a 18 meses. A inicios de ese mismo año, el juez Richard Concepción Carhuancho, inicialmente a cargo del caso, fue apartado y reemplazado con el juez Víctor Zúñiga. Y en noviembre, el Tribunal Constitucional ordenó la liberación de la excandidata.

Poco después, sin embargo, la fiscalía ratificó su pedido de prisión preventiva. En enero del 2020, el juez Zúñiga dictó la medida por segunda vez. Pese a ello, en mayo de ese año y en medio de la pandemia, la sala de apelaciones revocó la decisión. Desde entonces, Keiko Fujimori es procesada bajo libertad con restricciones. Actualmente, no tiene impedimentos para salir de Lima o viajar al extranjero.

En marzo del 2021, el fiscal cerró la investigación y presentó su acusación ante el Poder Judicial. Por entonces, Keiko Fujimori estaba en plena campaña presidencial de primera vuelta. El juez Víctor Zúñiga inició las audiencias de control de acusación en agosto de ese año.

En el control de acusación, el juez devolvió en varias ocasiones el requerimiento a la fiscalía para que se hagan correcciones. Toda esa primera etapa del control terminó en agosto del 2022. Luego, el magistrado rechazó los recursos presentados por Keiko Fujimori y sus coacusados para que el caso sea archivado allí, sin que se llegue a juicio.

El juez Víctor Zúñiga asumió el control judicial del caso en el 2019. Dictó la segunda prisión preventiva a Keiko Fujimori, dirigió el control de acusación y ordenó que el caso vaya a juicio (Foto: Alessandro Currarino/GEC)

El juez Víctor Zúñiga asumió el control judicial del caso en el 2019. Dictó la segunda prisión preventiva a Keiko Fujimori, dirigió el control de acusación y ordenó que el caso vaya a juicio (Foto: Alessandro Currarino/GEC)

Todo ese proceso duró hasta mayo del 2023, cuando terminaron las audiencias de control de acusación. Seis meses después, en diciembre, el juez emitió el auto de enjuiciamiento. En enero del 2024, el juicio fue asignado por sorteo al Tercer Juzgado Penal Colegiado de la CSNJPE y se programó el inicio para el 1 julio del 2024.

La abogada Giulliana Loza y el fiscal José Domingo Pérez durante uan audiencia judicial por este caso (Foto: Poder Judicial)

La abogada Giulliana Loza y el fiscal José Domingo Pérez durante uan audiencia judicial por este caso (Foto: Poder Judicial)





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