El Poder Judicial (PJ) iniciará este 11 de abril un nuevo juicio oral en contra del prófugo Vladimir Cerrón, fundador de Perú Libre (PL). Esta vez, es llevado al banquillo para que pague una reparación civil solidaria ascendente a S/2′924.857.36, por el Caso Chupaca.
El caso es impulsado por la Procuraduría Anticorrupción de Junín que ha requerido al PJ la imposición de una reparación civil “justa, proporcional y racional” a favor del Estado, por cuanto el caso se vincula a diversos actos de presunta de corrupción del exgobernador regional de Junín y otros exfuncionarios.
El proceso, que se encuentra a cargo del Sexto Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Especializado en Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Junín, también incluye a Marco Antonio Salcedo Rodríguez, Luis Alberto Salvatierra Rodríguez, Alfredo Poma Samanez, Percy Ríos Galeas, Rubén Hugo García Abregu, Juan Carlos Sánchez Lazo, Juan Carlos Sulca Yauyo, Carlos Arturo Mayta Valdez y Yuri Valery Manrique Rivera.
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El juicio oral deriva de las investigaciones que se iniciaron en contra de Cerrón Rojas y otros por el presunto delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, cuya acción penal fue archivada por prescripción en 2023. Es decir que, por demora en el procesamiento penal del caso, el plazo que tenía el Estado para sancionar cualquier ilícito que se hubiera cometido, llegó a su fin antes de un pronunciamiento judicial.
Según la imputación, el acusado se habría interesado en forma directa en favorecer al consorcio vial a cargo de la obra “Mejoramiento del Circuito vial Chupaca – Slcaya – Vicso – Aco- Mito, provincias de Chupaca, Huancayo, Concepción – Junín”.

A diferencia del aspecto penal, que para Cerrón Rojas prescribió en enero del 2020; en el caso puntual de la reparación civil se tiene que la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Junín formuló su requerimiento de reparación civil el 02 de octubre de 2020; por tanto, teniendo en cuenta la fecha de prescripción de la acción penal, la acción civil se encontraba expedita al momento de ser formulada y por tanto procedía continuar con este extremo del juzgamiento.
El inicio del juicio oral estaba programado para el 20 de marzo último ante el Sexto Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Anticorrupción de Junín, pero fue suspendido por la ausencia de uno de los acusados que no pudo ser notificado adecuadamente.
La próxima audiencia fue señalada por el juez Guido Arroyo para el 11 de abril a las 10:30 de la mañana.

Hechos por acreditar para la imposición de una reparación
Como se indicó, si bien los acusados Vladimir Cerrón y otros, no podrán ser condenados penalmente, sí podrán ser sancionados civilmente por causar un perjuicio al Estado.
Así, sobre el prófugo expresidente regional de Junín, la acusación está vinculada a su interés directo para que se ejecute el pago de una carta fianza por más de S/3 millones a favor del Consorcio Vial a cargo de la mencionada obra. Estos hechos se remontan al año 2011.
En un primer hecho, según la tesis que responsabiliza a Cerrón Rojas, a este se le remitió el informe legal N° 084-2011- GRJ/ORAJ de fecha 31 de enero del 2011 desde la Oficina Regional de Asesoría Legal, en el que se recomendó que el titular de la entidad podría declarar de oficio la nulidad del contrato N° 1059-2010 por el referido consorcio “por la transgresión del principio de presunción de veracidad durante el proceso de selección” o que se continúe con la ejecución del contrato suscrito, quedando a su decisión.
No obstante, según la imputación, Cerrón Rojas derivó el referido informe a la oficina regional de administración financiera que, finalmente, dispuso proceder con el pago por adelanto directo del monto de S/. 1´820,555.52 al Consorcio Vial.
En un segundo hecho, también se le incluye con responsable conjunto por dos pagos realizados al Consorcio Vial por concepto de “adelanto de materiales e insumos” cuando no correspondía.

Vladimir Cerrón.
Y es que, según el relato, el 8 de marzo del 2011, Yuri Valery Manrique Rivera, representante legal del consorcio solicitó un adelanto de S/ 2´002,403.88 por concepto de “materiales e insumos” describiendo como tales rodillo liso, tractor de orugas de 140-160 HP y motoniveladora de 125 HP; es decir, bienes que se encontraban dentro del término de referencia como “maquinaria”, por lo que no correspondía que se le otorgue el adelanto que al final se concretó en la suma de S/1´237,338.18.
Luego, el consorcio volvió a realizar un segundo pedido de adelanto de S/ 1´638,269.08, por “materiales” el 17 de agosto del 2011. Para ello, presentó una carta fianza que solo tenía plazo de duración de dos meses y un día, que no correspondía a los requisitos para solicitar el segundo adelanto, lo que finalmente se aprobó sin contratiempo.

En esa línea, la Procuraduría Anticorrupción a cargo de la doctora Nora Flores, señala en su requerimiento que los procesados, entre ellos Cerrón Rojas, habrían participado en el hecho delictivo en calidad de autores, vulnerando las normas a favor de un tercero (el consorcio), por lo que con dicha conducta, los acusados habrían ocasionado daños de carácter “extrapatrimonial”. Esto, por cuanto los exfuncionarios acusados se habrían interesado de manera indebida a favor de pagos de adelantos y otros a favor del tercero, obligándose a resarcir económicamente al Estado por el ilícito cometido.
Por ello, sostuvo que la suma estimada por el daño extrapatrimonial causado, asciende a S/. 720,000.00 (setecientos veinte mil con 00/100 SOLES) por el delito de Negociación Incompatible.
Dicho monto incluye el “Hecho 1” por la suma de S/. 300,000.00 y el “Hecho 2” por el monto de S/. 420,000.00 (considerando 02 fases de comisión-Adelantos).
Pero además, la Procuraduría considera que también se ha generado un “daño patrimonial”, puesto que existirían elementos de convicción suficientes para sustentar la existencia de un “pacto colusorio” entre los funcionarios del Gobierno Regional de Junín y la representante del consorcio Vial para defraudar al Estado, puesto que se realizó el otorgamiento de pagos por adelanto directo y adelanto de materiales (en dos fases), cuando no correspondía.
En esa línea postuló que por “daño patrimonial” también se habría generado un perjuicio económico al Estado por el “Hecho 02”, por lo que se ha solicitado una reparación patrimonial por la suma de S/2´204,587.36, contra todos los procesados de manera solidaria.
Dicho monto, comprende el pago del primer adelanto de materiales en la suma de S/1′237,338.18 y el segundo pago del segundo adelanto de materiales en la suma de S/967,249.18; los que reiteran, no debió considerarse como adelanto de materiales.

“No es un juicio penal, por lo que no va a generarle ningún efecto penal, inhabilitación, nada”
En diálogo con El Comercio, Luis Miguel Mayhua, abogado de Vladimir Cerrón, aseguró que participaron de la primera audiencia del juicio oral, pero que esta no se instaló por ausencia de uno de los acusados, ya que debía ser válidamente notificado.
“Este juicio es solo por el pago de la reparación civil, no es un juicio penal, por lo que no va a generarle ningún efecto penal, inhabilitación, nada, pero se va discutir como todo juicio oral.”
Luis Miguel Mayhua, abogado de Vladimir Cerrón
Respecto al pago de la reparación civil solicitado por la Procuraduría en cuando a los actos colusorios (daño patrimonial) sostuvo que recurrirán a la sentencia que emitió la Corte Suprema, absolviendo a Cerrón Rojas por el delito de colusión, en el Caso “Aeródromo Wanka”.
El abogado explicó que en dicha sentencia, la máxima instancia ya estableció los parámetros y por tanto, bajo esa regla, en este caso denominado “Chupaca” también tendrían que estar incluidos todos aquellos que participaron en el supuesto perjuicio, “ya que el gobernador (regional) no se puede responsabilizar por lo que haga un residente, un supervisor de obra, gerente de obra, o un subgerente de supervisión”.
“Además, el señor Cerrón es médico cirujano, especialista en neurología, de obras no sabe nada. Si le preguntan, no sabe nada”, afirmó.
Mayhua consideró que la procuraduría puede pedir todo lo que quiera, incluso pedir cincuenta millones, “inventándose que hay un daño, digamos, a la imagen de la entidad”. Empero, agregó en su argumentación, “no todos somos responsables de todo”. Por ello, aseguró que se deberá seguir la regla establecida por la Corte Suprema.
Es decir, establecer cómo participa Cerrón en el proceso para la obra. Ya sea que participe firmando resoluciones ejecutivas regionales donde aprueban ampliaciones, donde le niegan ampliaciones, donde pagan mayores gastos, u cualquier otra acción.
“Entonces la pregunta es, ¿cómo un mal cálculo en una valorización, un mal cálculo en un pago de adelantos se debe atribuir? La respuesta tiene que ser: ¿Quién generó ese mal calculo. Salvo que en el proceso se diga: tengo una mensaje una llamada grabada de que el señor Cerrón me dijo ‘paga’ y yo hice esto porque él me ordenó. Pero, aquí, en ningún caso hay funcionario, testigo, o contratista que diga que él me prometió o él me dijo que hiciera. Tendrá que evaluarse si en estos casos el señor Cerrón era competente para dirigir estos pagos y se darán cuenta que no.”
Luis Miguel Mayhua, abogado de Vladimir Cerrón

Prisión preventiva vigente
Por Caso «Aportes a Perú Libre»
Sobre Vladimir Cerrón pesa una orden de prisión preventiva por 24 meses, que fue confirmada por la Sala de Apelaciones Nacional, en la investigación que se le sigue por el presunto delito de lavado de activos, en el marco del Caso «Aportes a Perú Libre». Sin embargo, tal como lo ha adelantado El Comercio, su defensa ha solicitado la variación de la medida por otra menos gravosa.
Además, la fiscalía ha pedido 18 meses de prisión preventiva en su contra por el Caso «Antalsis» que se encuentra pendiente de que el juez Richard Concepción Carhuancho, emita su resolución. La defensa de Cerrón en este caso ha pedido que se le imponga comparecencia simple.
Cerrón Rojas también enfrenta otros procesos en el Caso «Los Dinámicos del Centro» y el Caso «Ilegal resguardo policial». Además, también se encuentra como requerido en el proceso por extinción de dominio que se ha incoado en contra de sus bienes, a fin de que un monto de más de S/1 millón 600 mil pase a manos del Estado.