La Comisión de Justicia del Congreso aprobó un dictamen que modifica la figura de prisión preventiva para permitir que el Ministerio Público pueda solicitar a un juez que solicite esta restricción en casos de flagrancia o cuando haya “fundados y graves elementos de convicción” en delitos específicos como extorsión, secuestro y terrorismo.
El texto que se sometió a debate en la sesión de este 2 de abril reúne diversos proyectos de ley que modifican diferentes artículos del Nuevo Código Procesal Penal, incluyendo la posibilidad que se dice prisión preventiva “por peligro a la comunidad”.
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Con esto, a solicitud de la fiscalía, el Poder Judicial podrá evaluar dictar una prisión preventiva para delitos como sicariato, robo, extorsión, secuestro, explotación sexual, trata de personas y terrorismo si es que hay “flagrancia o fundados y graves elementos de convicción”.
Los jueces podrán evaluar si el procesado representa un peligro si cumple con estos requisitos y si determina que hay concurrencia de delitos, antecedentes y otros indicios. Con esto, no necesitaría cumplir con los otros requisitos que establece el artículo 268 del Nuevo Código Procesal Penal.
El predictamen originalmente permitía dictar hasta 36 meses de prisión preventiva por esta vía, con la posibilidad de ampliarlo por 18 meses más.
Sin embargo, Alejandro Cavero (Avanza País) advirtió que este plazo debería ser reducido porque podría llevar a que personas inocentes estén presas hasta más de tres años. Con esto, Isaac Mita dijo que atendería el pedido para reducir el plazo máximo a 18 meses.
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El dictamen fue aprobado “con cargo a redacción” con diez votos a favor, 10 en contra y 2 abstenciones. Ante el empate, Mita como presidente de la comisión tuvo el voto dirimente a favor.
El texto, que ahora deberá ser incluido en la agenda del pleno para poder ser debatido en el hemiciclo, incluye otras modificaciones a artículos en temas como la impugnación en casos de sobreseimiento, el contenido de los autos de enjuiciamiento, entre otros.