jueves, 05 febrero, 2026
jueves, 05 febrero, 2026

Elon Musk une sus negocios de cohetes e inteligencia artificial en una sola empresa

Medios informan de la detención en Venezuela de Álex Saab, pero su círculo lo niega

¿Dónde está Evo Morales? El exlíder boliviano desaparece de la vista pública durante casi un mes

Niña fue vinculada a una llamada de swatting

Jóvenes protestan contra ICE y recrean redadas de inmigración en la plataforma de juegos en línea Roblox

Meta, TikTok y YouTube enfrentan un juicio histórico por acusaciones de adicción juvenil

Partido opositor propone una negociación política para lograr una transición en Venezuela

Lo que hay que saber sobre el acuerdo para mantener TikTok

Meta suspende el acceso de los adolescentes a los personajes de IA

Abrieron un «bar Bitcoin» en DC: ¿pero qué significa eso?



El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) destacó que la prohibición para realizar publicidad estatal a favor de alguna candidatura política se encuentra vigente desde este jueves 27 de marzo para las elecciones generales del 2026.

Esto por la oficialización de la convocatoria realizada tras el anuncio que hizo la presidenta Dina Boluarte esta semana.

LEE TAMBIÉN: PPC se pronuncia en contra de que Ministerio Público investigue a partidos políticos por “denuncias sin sustento”

El decreto supremo 039-2025-PCM que fue publicado el miércoles 26 de marzo formaliza la convocatoria a elecciones por parte del Ejecutivo para los comicios en los cuales se elegirá al nuevo presidente, vicepresidentes, senadores y diputados del Congreso y representantes ante el Parlamento Andino.

“Esta restricción tiene excepciones cuando la publicidad estatal se justifica en casos de impostergable necesidad o utilidad pública referidos a educación, salud, seguridad u otras situaciones similares, tal como lo precisa el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado por Resolución N° 047-2024-JNE», detalló la autoridad electoral.

Incluso con esta restricción, la publicidad no puede contener en ningún caso o hacer alusión a colores, nombres, frases, textos o símbolos, signos o cualquier otro elemento que directa o indirectamente tenga relación con algún partido político.

El JNE recordó también que ningún funcionario o servidor público puede aparecer en publicidad estatal, ya sea con su imagen, nombre, voz, cargo o cualquier otro medio que lo identifique de forma indubitable.

Para poder ser considerada como una publicidad que sea la excepción a esta restricción, se debe pedir autorización previa si es que son avisos o mensajes publicitarios de radio o televisión.

LEE TAMBIÉN: Fuerza Popular y País para Todos: ¿Por qué su caso es diferente al de A.N.T.A.U.R.O.?

Si se trata de prensa escrita, redes sociales u otros medios, se deberá presentar un reporte posterior.

No califica como publicidad estatal para esta prohibición las notas de prensa, las comunicaciones internas e interinstitucionales, así como avisos de procedimientos a convocarse en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, la Ley de Promoción de la Inversión Privada en Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos, la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y otras normas afines.





Source link