De esta manera, en audiencia, el Ministerio Público ratificó su posición para que se confirme la sentencia efectiva de 3 años y 6 meses a los que fue condenado por el delito de colusión agravada el fundador de Perú Libre.
Como se recuerda, debido a dicha sentencia dictada el 6 de octubre del 2023, Cerrón Rojas pasó a la clandestinidad. Desde entonces, ha pasado un año y cinco meses escabulléndose de la justicia sin que pueda ser capturado.
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El prófugo fue condenado al haber sido hallado culpable por haber usado su cargo de gobernador regional de Junín para emitir una serie de directivas, pese a la oposición del Ministerio de Economía, que llegaron a suscribir la construcción de un aeropuerto en su región a favor del Consorcio Aeródromo Regional Wanka, el 4 junio del 2014.
Previo a ello, según la sentencia de primera y segunda instancia, el exfuncionario concertó con la representante de una de las empresas que el 26 de julio de 2013, le presentó la propuesta de “Iniciativa privada cofinanciada para la construcción de un Aeródromo Regional Wanka”.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por el juez supremo César San Martín, anunció que emitirán su sentencia el próximo 19 de marzo a las 8:30 de la mañana.
“En el presente caso hemos visto que se han descrito una serie de irregularidades”
Este miércoles en la mañana, en audiencia ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, el fiscal adjunto supremo, Ramiro González, sostuvo que las sentencias de primera y segunda instancia dictadas contra Vladimir Cerrón y otros sentenciados, establecieron las irregularidades cometidas.
Sobre el prófugo fundador de Perú Libre, indicó que la sentencia describe un conjunto de irregularidades que realizó Cerrón luego de la propuesta de iniciativa privada presentada por una de las representantes de la empresas beneficiadas.
Como primer término, indicó que el Gobierno Central se opuso al proyecto que buscaba ejecutar el exgobernador regional, pues ya el Ministerio de Economía venía analizando desarrollar un proyecto similar.
Pese a ello, el prófugo exfuncionario comenzó con la emisión de diversa documentación para trabajar el tema a nivel regional.
“Vladimir Cerrón, se señala en ambas sentencias, emitió un memorándum dirigido al Gerente General (regional) por el que solicitaba que se declarara de interés y de necesidad pública la construcción de un aeropuerto, esto pese a que el gobierno central también tenía un proyecto de esa envergadura.”
Ramiro González, fiscal supremo adjunto
Luego de ello, emitió la Ordenanza Regional 130-2014, por la que se aprobó la adjudicación directa de ese proyecto. Luego, precisó el fiscal, suscribió el contrato del 4 de junio del 2014, mediante el que adjudicó el proyecto de construcción del Aeródromo Wanka al consorcio de similar nombre, sin contar con la aprobación técnica.

Contraloría intervendría iniciativa de Cerrón de aeródromo wanka
El fiscal señaló que esta misma Sala Suprema Penal Permanente, ya estableció en diferentes sentencias que el delito de colusión se puede probar por indicio, tal como ha ocurrido en ambas sentencias que son objeto de cuestionamiento por parte de Cerrón Rojas y otros acusados.
En esa línea, rechazó que los recurrentes exijan que se establezca el momento exacto de la colusión o en este caso “la concertación” y diga qué funcionario exactamente fue el que concertó.
Ello, indicó, porque la Corte Suprema ya estableció que se puede llegar a una conclusión identificando el “contexto negociable”. Y, en este caso, “todos los actos estaban orientados a la elaboración de un proyecto con un privado, en en cuyo contexto ocurren estas irregularidades administrativas”; y a partir de allí es que “existen indicios de actos de concertación sin que sea necesario que se identifique el momento exacto en que se acordó la concertación”.
Por tanto, expresó, la concertación ilícita puede ocurrir a lo largo del proceso de contratación en sus distintas etapas, en la ejecución de contrato o incluso en la liquidación del mismo.
“En el presente caso hemos visto que se han descrito una serie de irregularidades administrativas que ante la ley y pese a la oposición del gobierno central se terminó suscribiendo este contrato.”
Ramiro González, fiscal supremo adjunto
Por tanto, el representante del Ministerio Publico solicitó que, al no haberse fundamentado adecuadamente los recursos presentados por los condenados, estos deben ser declarados infundados
La procuradora adjunta de la Contraloría General del Estado, Katherine Rebaza Antúnez coincidió en que se habían acreditado los actos irregulares ya que no existe sustento en la decisión de declarar de necesidad pública la construcción del aeropuerto, vía iniciativa privada, presentada por el Consorcio Aeródromo Wanka.
En este caso, indicó, se estaba contraviniendo la normativa de asociaciones público-privadas, se modificó la fuente de funcionamiento para pasar directo al diseño del proyecto sin cumplir con el procedimiento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y tampoco se coordinó con la Dirección de Aeronáutica Civil competente para la construcción de aeródromos.
Por su parte, solicitó que se declare la nulidad de la sentencia, únicamente sobre el objeto de la reparación civil, ya que se la sentencia no se pronuncia sobre la sanción civil en cuanto a los imputados absueltos. Además, no se ha motivado por qué se redujo la reparación civil de 2′018.180 a S/800, 000.

Cuestionan razonamiento y argumentos para concluir responsabilidad penal
Luis Mayhua, abogado de Vladimir Cerrón, sustentó su recurso de casación al señalar que su patrocinado fue condenado a través del “uso de la prueba indiciaria”; sin embargo, no desarrollan los argumentos.
Sostuvo que en la sentencia se indica que son tres los indicios para determinar que el prófugo exfuncionario se concertó con terceros. Entre ellos, documentos que fueron emitidos por otros funcionarios, entre ellos un informe emitido por el cosentenciado Aldrín Zárate Bernuy.
Por ello, lo que cuestiona, dijo, es si se le puede atribuir la responsabilidad a Cerrón por hechos que realizó otro funcionario. Además, indicó, condenan por “indicios” pues no explican cómo, sobre un hecho que no tiene prueba directa, llegan a una inferencia; por tanto se vulnera el derecho de presunción de la inocencia.
“Por tanto, los ámbitos de prueba tendrían que determinar si sobre la infracción del funcionario respecto al ámbito de su competencia. Pero la corte de Huancayo condena, pero utilizando otros indicios donde el señor Cerrón no participa.”
Luis Mayhua, abogado de Vladimir Cerrón.
Finalmente, Mayhua también solicitó que la Corte Suprema se pronuncie respecto a la condena efectiva impuesta a Cerrón. Ello, dijo, porque a su entender, no existe una explicación razonable de que, estando dentro de los márgenes para imponer pena suspendida, se optó por una condena efectiva.
Durante su intervención, el abogado recordó que el Tribunal Constitucional (TC) se ha pronunciado sobre el caso, anulando la condena y ordenando que se emita un nuevo pronunciamiento únicamente sobre ese extremo.
Ante ello, el juez supremo César San Martín, alegó que sobre ese punto, pese a que el expediente está en trámite en el Poder Judicial y el TC no tendría por qué intervenir, no se iban a pronunciar en este caso.
Edinson Zárate, abogado de Aldrín Zárate, también solicitó que se anule la sentencia pues aseguró que no hubo perjuicio al Estado sobre la iniciativa. “Pedimos que se declare nula la sentencia condenatoria”, requirió.
Fernando Urbina Linares, abogado de Samuel Blanco, también señaló que no existe un perjuicio a través de un acuerdo colusorio; sin embargo, indicó que no existió ningún delito ya que todo fue transparente.
Finalmente, Judith Rebaza, abogada de oficio de Luis García, cuestionó que se le haya impuesto la misma sentencia de los autores cuando a él se le procesó como cómplice primario debido a su intervención mínima en los hechos.