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La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso evalúa este viernes, desde las 8.30 de la mañana, la denuncia constitucional que la fiscalía de la Nación presentó contra Betssy Chávez y otros exminstros de Pedro Castillo (Willy Huerta y Roberto Sánchez) por el golpe de Estado del 7 de diciembre.
Durante la audiencia pública, los congresistas escucharán los argumentos tanto del Ministerio Público, com de los denunciados. Según fuentes de El Comercio la ex primera ministra de Pedro Castillo confirmó su presencia.
La denuncia constitucional 328 presentada por la fiscal Patricia Benavides es por los presuntos delitos de rebelión o alternativamente conspiración a raíz del golpe de Estado que dio el vacado exmandatario el pasado 7 de diciembre.
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Esta es la agenda de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales
¿Qué dice la denuncia constitucional?
- Betssy Chavez [en su condición de presidenta del Consejo de Ministros], como presunta COAUTORA del delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional, en la modalidad de REBELIÓN, previsto y sancionado en el artículo 346 del Código Penal, en agravio del Estado; y, alternativamente, del Delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional – CONSPIRACIÓN, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 349 del Código Penal, en agravio del Estado.
- Willy Huerta Oliva, [en su condición de ministro del Interior], como presunto COAUTOR del delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional, en la modalidad de REBELIÓN, previsto y sancionado en el artículo 346 del Código Penal, en agravio del Estado; y, alternativamente, del Delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional – CONSPIRACIÓN, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 349 del Código Penal, en agravio del Estado.
- Roberto Sánchez Palomino [en su condición de ministro de Comercio Exterior y Turismo], como presunto COAUTOR del delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional, en la modalidad de REBELIÓN, previsto y sancionado en el artículo 346 del Código Penal, en agravio del Estado; y, alternativamente, del Delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional – CONSPIRACIÓN, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 349 del Código Penal, en agravio del Estado
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Fuente: El Comercio